DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS ESCOLARES

  Universidad Autónoma de Sinaloa

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS ESCOLARES

Inscripción



La Universidad Autónoma de Sinaloa se reserva el derecho de admisión ante cualquier solicitud de inscripción.

Las Unidades Académicas de la Universidad, podrán regular el ingreso a los Programas Educativos que oferten siempre y cuando se apeguen a los criterios contenidos del Manual y en el Reglamento Escolar.

La inscripción se realizará ante la Dirección General de Servicios Escolares a través de los Departamentos de Control Escolar de cada Unidad Académica, durante el periodo establecido en el calendario escolar aprobado por el H. Consejo Universitario, apegándose estrictamente a los plazos que en éste se indiquen.

Para efectos de la normatividad institucional, la Inscripción será el trámite que realizará el aspirante de nuevo ingreso a alguna Unidad Académica de la Universidad Autónoma de Sinaloa, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22 del Reglamento Especial de Admisión y los requisitos además de esos serán los siguientes:

  1. Haber sido aceptado en el programa educativo correspondiente;
  2. Hacer llegar a la Unidad Académica de manera digital la siguiente documentación:
    1. Acta de nacimiento original, reciente y en buen estado;
    2. Acreditar el pago por concepto de inscripción en sistema;
    3. Certificado médico expedido por la Universidad Autónoma de Sinaloa o, previa autorización por una Institución oficial de salud, el cual se emite resultado a través de la página de alumno y no se anexa al expediente;
    4. Carta protesta;
    5. Carta de consentimiento; y
    6. Certificado total original que acredite los estudios realizados en el nivel anterior al que desee ingresar.
    7. Tomarse la fotografía, en su caso, en el Departamento de Control Escolar;
    8. Si es egresado de la UAS, para ingresar al siguiente nivel, podrán entregar únicamente el kardex firmado por el jefe de Enseñanza y el encargado de Unidad Académica correspondiente, así como una constancia de trámite, en tanto se emite el certificado por parte de la Dirección General de Servicios Escolares;
  3. Las (Los) aspirantes que provengan de instituciones diferentes a la Universidad, deberán presentar carta de autenticidad del certificado de estudios;
  4. Los certificados de estudio emitidos por Escuelas o Instituciones particulares, estatales y autónomas deberán ser legalizados por las autoridades de la entidad federativa de donde provenga;
  5. Los certificados de estudios de Escuelas o Instituciones Federales, electrónicos o de la UNAM no requieren ser legalizados;
  6. Para alumnos(as) que presenten certificados de estudios de otras Instituciones Nacionales o Extranjeras deberá anexarse el dictamen que al respecto haya sido emitido por la Comisión de Validación de estudios del H. Consejo Universitario y siguiendo el procedimiento establecido por el reglamento respectivo;
  7. Tratándose de alumnos(as) que estudiaron en el Extranjero o en Instituciones Nacionales que no pertenezcan al Sistema Educativo Nacional, deberán anexar la hoja de pago de revalidación de estudios por los grados correspondientes y el original del dictamen de revalidación emitido por la Secretaría de Educación Pública;
  8. Para el caso del nivel Posgrado, deberán presentar, además, copia del título a tamaño carta previamente cotejado con el original; y
  9. Los demás requisitos que establezca el programa educativo o la convocatoria correspondiente.